ACTOS PÙBLICOS DESIGNACIONES


CRONOGRAMA APD 2023

Se informa que las designaciones a través de APD (Acto Público Digital) se llevarán a cabo desde el miércoles 22/02/2023, con toma de posesión según lo determine el Calendario Escolar 2023.-

Las coberturas que se realicen desde el 22/02/2023 hasta el 28/02/2023 tendrán cierre de postulaciones 10,30 hs.- Desde el 1° de marzo de 2023 en adelante, los cierres de postulaciones serán 7,30 hs. y 10,30 hs.-

SE RECUERDA LA IMPORTANCIA DE:
* ACTUALIZAR/EDITAR el Registro de Designaciones (hojas de Ruta virtuales) al momento de la postulación;
* Consignar la dirección de correo ABC (indefectiblemente para el envío de la designación);
* Revisar Instructivo de Postulación y documentación relacionada (ya publicados en este blog), atendiendo a la posibilidad de ordenar dichas postulaciones (Prioridades).-



Procedimiento para la realización del Acto Público Digital para la designación de docentes en las Secretarías de Asuntos Docentes Distritales dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, para conocimiento, intervención y difusión.

Resolución

Anexo I




ACTOS PÚBLICOS VIRTUALES
Prioridades
Visualización 






NORMATIVA APLICABLE:
• Ley 13.688, Artículo 87 inciso d) 
• Estatuto del Docente de la Pcia. de Buenos Aires, Ley 10.579 y modificatorias y Decretos Reglamentarios. Artículos 107 y 108 Provisionales y Suplentes. 
• Circular N°2 de febrero de 2009 de la Dirección de Tribunales de Clasificación. 
• Resolución 773/94. Inscripción listados in-fine . 
• Resolución N° 2781/95. Aspirantes a coberturas de provisionales o suplencias que se encuentran en período de licencia por maternidad.
 • Resolución Nº 129/01. Aspirantes a coberturas de suplencias del cargo u/ horas cátedras que haya afectado a asignaciones de funciones jerárquicas y/o servicios provisorios de orden técnico. 
• Resolución Nº 1039/01. Turnos alternados en Equipos de Orientación Escolar de la Dirección de Psicología. 
• Resolución Nº 2266/06. Turnos alternados de Equipos Técnicos, Maestros Integradores y Maestros Domiciliarios. Dirección de Educación Especial.
 • Resolución Nº 370/03 y 371/03 Equivalencias cargos - módulos a los efectos de la aplicación del Artículo 59 del E.D. 
 • Resolución 784/03. Establecer causales para otorgar los cinco puntos de residencia , Artículo 60 inciso d) del E.D.
 • Disposiciones para la Confección de listados de Emergencia de las distintas Direcciones Docentes.
Utilización de los listados
Descontar los diez (10) puntos: Si comprobare que el docente posee un cargo titular o su equivalente lo ubicará en el lugar del Listado que corresponda, con el valor resultante del descuento y convalidará el cambio operado con sello y firma. Tal circunstancia quedará registrada en el Acta. 
Cinco (5) puntos por domicilio: Al momento de efectuar la designación de docentes titulares interinos, provisionales o suplentes, el Secretario de Asuntos Docentes constatará, con documento de identidad del docente a la vista, la correcta asignación de los 5 puntos por residencia, según lo previsto en el Art. 60 d ( Con un año de residencia en el distrito al cierre de la inscripción) Corresponde descontarlos , de comprobar el no cumplimiento de la normativa, ubicando al docente en el lugar del Listado que corresponda, con el valor resultado del descuento; de lo actuado se dejará constancia en Acta. De no asistir con el DNI se lo designará ad-referendúm, debiendo el aspirante en un plazo de 24 hs presentar el mismo, pasado ese término la designación quedará sin efecto y se designará al docente que estando presente en el acto y con menor orden de mérito haya manifestado su voluntad de haber tomado ese cargo, horas  cátedras y/u módulos , deberá quedar sentado en acta lo actuado con la notificación fehaciente de los interesados donde conste la conformidad. Por otra parte, Secretaría de Asuntos Docentes, con documentación probatoria, los adjudicará en el Acto Público, por aplicación Resolución 784/06.
Listados 


 • 1.- Para ser usado como único listado 
a) Listado Oficial de Ingreso en la Docencia 
b) Listado 108 A (Decreto N° 2485/92 y modificatorio Decreto N° 441/95). 
c) Listado 108 A in fine del citado Decreto (Integrado por aspirantes que reuniendo las condiciones exigidas para el Ingreso, no se hubieran inscripto en los plazos correspondientes, siendo incluidos por escrito orden de inscripción por las respectivas Secretarías de Asuntos Docentes).

 2.- Para ser usado por Item como único Listado.
a) 108 B (Complementario) Decreto N° 2485/92 y modificatorio Decreto N° 441/95.
 b) Listado 108 B in fine 

3.- Para ser utilizado por Item como único Listado Emergencia .

Renuncias, No toma de posesión y Abandono de cargo
o Por ser considerados los Listados por rama de la Educación y Provincia, aquel docente que renunciara, no hiciese toma de posesión o abandonara el cargo, módulos y/o horas cátedras, con anterioridad al período para el que fuese designado, pasará a ocupar el último lugar en todos los cargos, horas  cátedras o módulos que figurara, en esa rama de la Educación en todos los distritos solicitados.
 Ejemplo: 1. Si el docente figurara en el listado de Ingreso 2009 cargo MG (E.P) deberá ser considerado al final del listado 108 A in fine en el momento. 
2. Si también figurara en el listado 108 B Item 2 cargo BI (E.P) deberá ser considerado al final del listado in fine del citado ítem. 
3. Si el mismo docente figurara en el listado de Emergencia Cargo AI 2° Ciclo (E.P) se procederá con igual criterio al expuesto en el punto anterior. 
4. La ubicación correcta de un docente que renunció es: después del último inscripto en ese día.

 • El docente que hubiera cumplido el período para el que fue designado como suplente, y no aceptara continuar, ante la renovación de la licencia por parte del docente a quién supliera, no deberá modificar su lugar en el listado.

Circular 1/10. Dirección de Tribunales de Clasificación.

INFORMACIÓN MUY IMPORTANTE

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